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Embarazo y lactancia: la Corte protege también a contratistas y trabajadoras a término fijo

En la Sentencia T-014 de 2026, la Corte Constitucional ordenó reintegrar a tres mujeres que perdieron su trabajo durante el embarazo o la lactancia, incluidas dos contratistas de prestación de servicios.

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¿Le terminaron el contrato o no se lo renovaron estando embarazada o lactando? Muchas mujeres creen que, por tener un contrato de prestación de servicios o a término fijo, no tienen protección. La Corte Constitucional recordó que no es así.

El caso

En la Sentencia T-014 del 4 de febrero de 2026, la Sala Tercera de Revisión estudió tres casos: dos contratistas de entidades públicas a quienes no les renovaron el contrato meses después del parto, mientras lactaban, y una trabajadora con contrato a término fijo cuyo contrato se terminó días después de informar que estaba embarazada.

Qué dijo la Corte

  • El fuero de maternidad no se limita a los contratos laborales: también protege a contratistas cuando la entidad conocía el embarazo antes de terminar o no renovar el contrato.
  • Terminar o no renovar el contrato por razón del embarazo o la lactancia es discriminatorio. Hacerlo sin autorización previa del Ministerio del Trabajo pesa en contra del empleador.
  • Es el empleador quien debe probar que la terminación no tuvo relación con el embarazo o la lactancia.
  • Las pausas de lactancia cuentan como tiempo de trabajo, sin descuento de salario.

La Corte amparó los derechos de las tres mujeres y ordenó su reintegro, el pago de los salarios u honorarios dejados de recibir y medidas para garantizar la lactancia durante la jornada.

Qué hacer si le pasó algo similar

  • Reúna la prueba de que su empleador o contratante conocía el embarazo: correos, mensajes, incapacidades, certificados médicos.
  • Guarde su contrato, la carta de terminación o la comunicación de no renovación.
  • Actúe pronto: la tutela exige que se presente en un tiempo razonable después de la terminación.
Fuentes

Este artículo es informativo y general; no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. La información corresponde a la fecha de publicación y puede cambiar.

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