Si usted trabaja domingos, festivos o en horario nocturno, es posible que hoy deba recibir más dinero que hace un año. Vale la pena revisar su desprendible de pago.
Qué cambió en 2026
- Recargo dominical y festivo: subió al 90 % desde el 1 de julio de 2026. Era del 80 % desde julio de 2025 y llegará al 100 % en julio de 2027 (Ley 2466 de 2025).
- Jornada máxima: bajó de 44 a 42 horas semanales el 15 de julio de 2026, como último paso de la reducción gradual de la Ley 2101 de 2021. La reducción no puede disminuir su salario.
- Trabajo nocturno: desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m., con un recargo del 35 %.
Qué significa para usted
Las horas que trabaje por encima de 42 a la semana se pagan como horas extra. Las horas entre las 7 y las 9 de la noche, que antes eran diurnas, ahora llevan recargo nocturno. Y cada domingo o festivo trabajado debe pagarse con el nuevo porcentaje.
Cómo revisar si le están pagando bien
- Pida o descargue sus desprendibles de nómina de los últimos meses.
- Compare las horas que realmente trabajó con las que aparecen pagadas como extra o con recargo.
- Guarde pruebas de su horario: mensajes, registros de entrada y salida, turnos publicados.
- Si encuentra diferencias, puede reclamarlas: los salarios y prestaciones prescriben, por regla general, a los tres años (art. 488 del Código Sustantivo del Trabajo).
Si usted es empleador, este es buen momento para ajustar turnos y contratos y evitar reclamaciones futuras.
- El Colombiano — Recargo dominical sube al 90 % y la jornada baja a 42 horas (30 jun. 2026)
- Infobae — El recargo por trabajo en festivos subirá al 90 % desde julio
Este artículo es informativo y general; no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. La información corresponde a la fecha de publicación y puede cambiar.
